Prórroga del certificado de profesionalidad en mantenimiento de piscinas: nuevo plazo hasta enero de 2027

Mantenimiento de piscinas

La nueva normativa sobre la capacitación de los mantenedores de piscinas

Origen de la obligación

La legislación del año 2023 sobre calidad del agua estableció requisitos específicos para el personal encargado del mantenimiento de piscinas. En su disposición final primera, se indica que, a partir de enero de 2026, plazo que posteriormente ha sido prorrogado, las personas que realicen tareas de mantenimiento deberán acreditar su capacitación profesional mediante un Certificado de Profesionalidad SEA_C_006_4B mantenimiento de piscinas y otras instalaciones acuáticas.

Este certificado tiene como finalidad garantizar que el personal cuenta con los conocimientos técnicos necesarios para mantener la calidad del agua y la seguridad de las instalaciones, evitando riesgos tanto para los usuarios como para las propias empresas gestoras.

Fecha inicial de aplicación

Según se explicó en el primer vídeo informativo de ICSAM, el requisito debía cumplirse antes del 1 de enero de 2026.

Sin embargo, el sector manifestó dificultades para alcanzar ese plazo, ya que el proceso de evaluación y acreditación por competencias (PEAC), necesario para que los profesionales del sector puedan obtener el certificado, requiere varias fases de evaluación y comprobación por parte de la Conselleria de Educación.

Posteriormente, en un nuevo comunicado, se confirmó por parte de la Comisión Permanente de Salud Pública, la prórroga de un año adicional, por lo que la fecha definitiva para disponer del certificado de profesionalidad pasa a ser el 1 de enero de 2027.

 

La prórroga: un año más para obtener el certificado

Nueva fecha límite

Tal y como confirmaron María y Begoña en el vídeo posterior publicado por ICSAM, el plazo para que el personal de mantenimiento de piscinas obtenga el certificado de profesionalidad se ha prorrogado un año más.

Esto significa que la nueva fecha de entrada en vigor de este requisito formativo será el 1 de enero de 2027, en lugar del 1 de enero de 2026 como se había establecido inicialmente.

De este modo, los profesionales del sector disponen de más tiempo para completar su acreditación o formación, sin riesgo de quedar fuera del marco legal ni de interrumpir su actividad laboral.

Motivo de la prórroga

La administración constató que la adecuación de la oferta formativa exigida presentaba retrasos, lo que impedía a los profesionales y empresas del sector acceder a ella y cumplir con este requisito formativo en plazo.

Además, las comunidades autónomas han ofrecido la posibilidad de iniciar el trámite para acreditarse por competencias en esta formación, pero este procedimiento requiere varias etapas administrativas: inscripción en el proceso, asesoramiento, evaluación, acreditación, emisión del certificado, etc., que deben ser gestionadas por la Conselleria de Educación, por lo que resultaba inviable cumplir con el calendario inicial. No existía tiempo material suficiente para que todos los trabajadores y empresas afectadas pudieran tramitar y finalizar su acreditación antes del plazo original.

Con esta prórroga, se pretende dar margen para la correcta implementación de este Certificado de Profesionalidad SEA_C_006_4B, y completar los procedimientos de acreditación de la administración para que, los profesionales y empresas puedan regularizar su formación con garantías.

 

Alcance de la prórroga

Es importante señalar que esta ampliación de plazo no modifica las condiciones del proceso de acreditación por competencias, que permanece abierto y operativo durante el año en curso.

Las personas interesadas pueden seguir inscribiéndose hasta el 31 de diciembre, manteniendo la misma estructura y requisitos establecidos desde la resolución publicada por la Conselleria de Educación.

En resumen, la prórroga no altera el procedimiento de acreditación por competencias, sino que proporciona un año adicional para que tanto trabajadores como empresas puedan adaptarse a la nueva normativa sin precipitaciones.

 

Quiénes están obligados a obtener el certificado de profesionalidad

Tipología de piscinas según la normativa estatal

La normativa distingue varios tipos de piscinas:

  • Tipo 1: públicas de ocio, parques acuáticos y spas.
  • Tipo 2: hoteles, campings, alojamientos turísticos y centros sanitarios.
  • Tipo 3A: comunidades de propietarios, casas rurales o colegios mayores.
  • Tipo 3B: uso privado o unifamiliar.

A quién aplica la obligación

El Certificado profesional de mantenimiento de piscinas y otras instalaciones acuáticas SEA_C_006_4B, es obligatorio para el personal que trabaje en piscinas tipo 1 y tipo 2, ya que ambas están sujetas a los criterios técnico-sanitarios de aplicación pública.

En las tipo 3A, continúa siendo válida la formación autonómica vigente, como por ejemplo la establecida en el Decreto 2018 para el caso de la Comunidad Valenciana.

Las tipo 3B, de uso particular, no están sujetas a esta exigencia.

 

Opciones actuales para obtener la acreditación

Acreditación por experiencia laboral

Las personas con experiencia profesional en el mantenimiento de piscinas pueden obtener el certificado de profesionalidad a través del proceso de acreditación por competencias.

Esta vía permite validar la experiencia laboral previa.

Para optar a esta modalidad, es necesario demostrar al menos tres años de experiencia, acreditable mediante contratos de trabajo y/o certificados emitidos por la empresa.

Una vez presentada la documentación, el comité evaluador de la administración de revisa cada caso y determina si el candidato reúne las competencias exigidas.

ICSAM ofrece programas formativos, diseñados para ayudar a los profesionales a afrontar el procedimiento de evaluación con mayores garantías.

 

Acreditación por formación no formal

Aquellas personas que no pueden justificar la experiencia mínima también pueden acceder al procedimiento mediante formación no formal.

En este caso, se deben completar aproximadamente 300 horas de formación relacionada con los contenidos del certificado de profesionalidad.

Esta modalidad es más flexible: puede realizarse a distancia o en formato semipresencial, y permite adquirir los conocimientos necesarios para superar la evaluación.

ICSAM ofrece programas formativos adaptados a esta vía, diseñados para ayudar a los profesionales que aún no cumplen los tres años de experiencia exigidos y optan por acreditarse por formación no formal.

Plazos y disponibilidad

La convocatoria de acreditación por competencias se encuentra abierta hasta el 31 de diciembre del año en curso.

Durante este periodo, los interesados pueden presentar su solicitud a través de la web de LABORA si se trata de la Comunidad Valenciana. En cada comunidad autónoma se tramitará a través de la Consellería correspondiente, y los plazos serán los que establezca cada administración. Se recomienda llamar al 012 para consultar los plazos de inscripción.

Como el procedimiento incluye varias fases: inscripción, evaluación y resolución, se recomienda no esperar al último momento para iniciarlo.

 

Cómo inscribirse en el procedimiento de acreditación por competencias

Requisitos y documentación necesaria

Para participar en el proceso de acreditación por competencias, es imprescindible realizar la inscripción a través de la plataforma de LABORA del Servicio Público de Empleo y Formación de la Comunidad Valenciana.

En el caso de trabajadores contratados, la empresa puede inscribir a sus propios empleados, siempre con autorización expresa del candidato.

Durante el proceso, se requerirá la documentación para verificar que el candidato cumple con los requisitos, entre otros, se solicitan contratos de trabajo, certificados de empresa y/o justificantes de formación relacionada con el mantenimiento de piscinas y el contenido del certificado de profesionalidad.

Seguimiento del proceso

Una vez enviada la solicitud, el candidato debe hacer un seguimiento activo de su expediente en la web de LABORA.

Tal como explicó María, LABORA no emite avisos automáticos, por lo que es el propio interesado quien debe revisar periódicamente si se han publicado los grupos o fases de evaluación.

Este control permite conocer cuándo se debe aportar documentación complementaria o cuándo se convocan las entrevistas o pruebas correspondientes.

Por ello, se recomienda consultar la página web semanalmente para no perder ningún plazo.

Coste y fases del procedimiento

El proceso incluye el pago de unas tasas administrativas destinadas a cubrir la gestión de la evaluación.

El expediente pasa por distintas etapas: validación de méritos, evaluación de competencias y resolución final.

Cada solicitud es revisada de forma individual por un comité evaluador, encargado de determinar si el candidato cumple los requisitos para obtener el certificado.

 

Curso mantenimiento de piscinas online en ICSAM

 

Apoyo de ICSAM en el proceso de acreditación

Formación no formal y acompañamiento

ICSAM pone a disposición de los profesionales del sector distintas opciones formativas para facilitar el acceso al proceso de acreditación por competencias y cumplir los requisitos establecidos en la normativa vigente.

Entre ellas destaca el Curso de Mantenimiento de Piscinas Inicial, diseñado para proporcionar los conocimientos fundamentales sobre el tratamiento y mantenimiento de aguas en piscinas, spas y jacuzzis.

Este curso cumple con el Real Decreto 742/2013, de 27 de septiembre, que establece los criterios técnico-sanitarios de las piscinas, vigente actualmente hasta enero del 2027, momento en que será sustituido por el Certificado profesional de mantenimiento de piscinas y otras instalaciones acuáticas SEA_C_006_4B.

  • Modalidad: Online o presencial.
  • Duración: 8 horas.
  • Objetivos principales:
    • Conocer la normativa vigente sobre criterios higiénico-sanitarios en piscinas de uso público.
    • Adquirir competencias técnicas para el mantenimiento y tratamiento de aguas.
    • Desarrollar habilidades de control y prevención de riesgos sanitarios.
    • Capacitar profesionalmente conforme a la legislación actual.

Está dirigido a:

  • Personal de mantenimiento de piscinas en polideportivos, hoteles y comunidades de vecinos.
  • Personas que desean iniciarse profesionalmente en el sector.
  • Técnicos y operarios responsables del tratamiento de aguas en instalaciones acuáticas.

ICSAM ofrece también un programa de formación no formal complementaria, basada en los contenidos del Certificado profesional de mantenimiento de piscinas y otras instalaciones acuáticas SEA_C_006_4B, orientada a quienes aún no cumplen los años de experiencia necesarios para acreditarse por experiencia profesional pero también, a quienes cumpliendo el requisito de experiencia, quieren reforzar sus conocimientos para afrontar con mayores garantías el procedimiento de acreditación por competencias.

Este programa está estructurado según los contenidos oficiales del certificado de profesionalidad y se imparten en modalidad online y presencial.

Tal y como explicamos en el vídeo, la finalidad de ICSAM es que ningún profesional quede fuera del proceso por desconocimiento o falta de apoyo.

 

Recomendaciones para aprovechar la prórroga y cumplir con la nueva normativa

La prórroga para la obtención del certificado de profesionalidad en mantenimiento de piscinas hasta el 1 de enero de 2027 supone una oportunidad importante para el sector.

Este nuevo plazo permitirá que tanto profesionales como empresas puedan regularizar su situación con más tiempo, sin riesgo de interrupciones en su actividad ni sanciones por falta de acreditación.

Aunque el margen se amplía un año, desde ICSAM se insiste en la importancia de no esperar al último momento si se opta por acreditarse por competencias.

El proceso de acreditación por competencias incluye varias fases, inscripción, evaluación y resolución, que requieren tiempo y atención.

Por ello, es aconsejable presentar la solicitud cuanto antes, especialmente teniendo en cuenta que la convocatoria actual continúa abierta hasta el 31 de diciembre del 2025.

Además, quienes todavía no cumplan los años de experiencia necesarios pueden formarse a través de nuestro programa de formación no formal y el Curso de Mantenimiento de Piscinas Inicial de ICSAM, que cumple con el Real Decreto 742/2013. Ambos proporcionan una base sólida para acceder posteriormente a la acreditación por competencias a través de formación no formal.

En definitiva, la prórroga ofrece más tiempo, pero no más excusas.

Aprovechar este periodo para formarse, acreditar la experiencia y completar el proceso con antelación es la mejor manera de garantizar la continuidad profesional, el cumplimento normativo y contribuir a un mantenimiento de piscinas seguro, higiénico y conforme a la normativa vigente.

Fotografía de Joan Pere Pastor

Joan Pere Pastor

Dirección Técnica en Servicios de Sanidad Ambiental
ICSAM